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Oposiciones - TIPOS DE EMPLEADO PÚBLICO
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TIPOS DE EMPLEADO PÚBLICO

Existen cuatro tipos de empleados públicos:

Funcionarios de carrera: personas que están vinculadas a una administración pública por una relación estatutaria regulada por el Derecho Administrativo para el desempeño de servicios profesionales retribuidos de carácter permanente.

El personal funcionario de carrera se clasifica según la titulación exigida en los siguientes grupos:

- Grupo A: dividido en dos subgrupos A1 y A2: para el acceso a los cuerpos o escalas de este grupo se exigirá estar en posesión de un título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.

La clasificación de los cuerpos y escalas en cada subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

- Grupo B: para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.

- Grupo C, dividido en dos subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.

C1: título de bachiller o técnico

C2: título de graduado en educación secundaria obligatoria

Funcionarios interinos: son aquellos que por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados, como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:

a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.

b) La sustitución transitoria de los titulares.

c) La ejecución de programas de carácter temporal.

d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.

Personal laboral: Es la persona que con un contrato de trabajo formalizado por escrito presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas.

Personal eventual: Tienen un carácter no permanente y sólo realizan funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.

En la ley 7/2007 de 12 de abril, del estatuto básico del empleado público se recoge todos los derechos y deberes de estos empleados como también sus características